La Secretaria puede acumular volumen y efectos de importaciones identicas o similares provenientes de multiples paises bajo investigacion simultanea para evaluar daño agregado.
Para la determinación de daño, la Secretaría podrá acumular el volumen y los efectos de las importaciones de la mercancía idéntica o similar provenientes de dos o más países sujetos a investigación. Artículo reformado DOF 13-03-2003
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Provision importante cuando multiples origenes importan el mismo producto. Facilita demostracion de daño cuando ninguno alcanza umbral individual pero juntos lo causan. Verificar si caso reune criterios acumulacion en demanda inicial.
Anterior
Art. 42. Criterios amenaza daño rama produccion
Siguiente
Art. 44. Division territorio mercados competidores
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo