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Artículo 41. Criterios determinacion daño material

Secretaria evalua volumen de importaciones, efectos en precios internos, impacto economico en produccion nacional usando factores como ventas, empleo, productividad e inversion. Evaluacion integral no aislada.

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Texto Legal

La determinación de la existencia de daño material a la rama de producción nacional, la hará la Secretaría tomando en cuenta:

I. El volumen de importación de las mercancías objeto de discriminación de precios o de subvenciones. Al respecto considerará si ha habido un aumento significativo de las mismas, en términos absolutos o en relación con la producción o el consumo interno del país;

II. El efecto que sobre los precios de mercancías idénticas o similares en el mercado interno causa o pueda causar la importación de las mercancías objeto de discriminación de precios o de subvenciones. Para ello, la Secretaría deberá considerar si la mercancía importada se vende en el mercado interno a un precio significativamente inferior al de las mercancías idénticas o similares, o bien, si el efecto de tales importaciones es hacer bajar, de otro modo, los precios en medida significativa o impedir en la misma medida la subida que en otro caso se hubiera producido;

III. El efecto causado o que puedan causar tales importaciones sobre la rama de la producción nacional de que se trate, considerando los factores e índices económicos pertinentes que influyan en el estado de esa rama de producción nacional, tales como la disminución real o potencial de las ventas, los beneficios, el volumen de producción, la participación en el mercado, la productividad, el rendimiento de las inversiones o la utilización de la capacidad instalada; los factores que repercuten en los precios internos; en su caso, la magnitud del margen de discriminación de precios; los efectos negativos reales o potenciales en el flujo de caja, las existencias, el empleo, los salarios, el crecimiento, la capacidad de reunir capital o la inversión. Esta enumeración no es exhaustiva y ninguno de estos factores aisladamente bastarán necesariamente para obtener una orientación decisiva; y

IV. Los demás elementos que considere conveniente la Secretaría, o en su caso proporcione la producción nacional. Artículo reformado DOF 13-03-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Requiere analisis econometrico riguroso. Los contadores deben compilar series historicas de ventas, costos, empleo y capacidad. Ningun factor aislado es decisivo; la Secretaria busca patron general de deterioro coincidente con importaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del 28?

Secretaria evalua volumen de importaciones, efectos en precios internos, impacto economico en produccion nacional usando factores como ventas, empleo, productividad e inversion. Evaluacion integral no aislada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Comercio Exterior?

Requiere analisis econometrico riguroso. Los contadores deben compilar series historicas de ventas, costos, empleo y capacidad. Ningun factor aislado es decisivo; la Secretaria busca patron general de deterioro coincidente con importaciones.

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