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Artículo 18. Analisis economico de medidas regulatorias

Requiere que evaluacion de Comision se base en analisis economico de costos y beneficios incluyendo: precios, empleo, competitividad, ingresos fiscales, ganancias sectoriales, costo consumidor, variedad oferta y competencia.

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Texto Legal

En los casos previstos en las fracciones I y II del artículo 15 y I a V del artículo 16, la evaluación que realice la Comisión deberá basarse en un análisis económico, elaborado por la dependencia correspondiente, de los costos y beneficios que se deriven de la aplicación de la medida. Este análisis podrá tomar en cuenta, entre otros, el impacto sobre los siguientes factores: precios, empleo, competitividad de las cadenas productivas, ingresos del gobierno, ganancias del sector productivo, costo de la medida para los consumidores, variedad y calidad de la oferta disponible y nivel de competencia de los mercados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo añade rigor tecnico a decisiones regulatorias. Sectores productivos pueden impugnar medidas alegando falta de analisis economico adecuado. El ROE puede solicitarse mediante transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del 28?

Requiere que evaluacion de Comision se base en analisis economico de costos y beneficios incluyendo: precios, empleo, competitividad, ingresos fiscales, ganancias sectoriales, costo consumidor, variedad oferta y competencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Comercio Exterior?

Este articulo añade rigor tecnico a decisiones regulatorias. Sectores productivos pueden impugnar medidas alegando falta de analisis economico adecuado. El ROE puede solicitarse mediante transparencia.

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