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Artículo 15. Medidas no arancelarias a exportaciones

Enumera seis casos para establecer restricciones a exportacion: asegurar abasto domestico, cumplir tratados, restricciones constitucionales, conservacion de fauna/flora, preservacion de bienes historicos/artisticos, y situaciones de seguridad nacional/salud/sanidad/ecologia.

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Texto Legal

Las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación de mercancías, a que se refiere la fracción III del artículo 4o. de esta Ley, se podrán establecer en los siguientes casos:

LEY DE COMERCIO EXTERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-12-2006 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Para asegurar el abasto de productos destinados al consumo básico de la población y el abastecimiento de materias primas a los productores nacionales o para regular o controlar recursos naturales no renovables del país, de conformidad a las necesidades del mercado interno y las condiciones del mercado internacional;

II. Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

III. Cuando se trate de productos cuya comercialización esté sujeta, por disposición constitucional, a restricciones específicas;

IV. Cuando se trate de preservar la fauna y la flora en riesgo o peligro de extinción o de asegurar la conservación o aprovechamiento de especies;

V. Cuando se requiera conservar los bienes de valor histórico, artístico o arqueológico, y

VI. Cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las restricciones a exportacion protegen recursos naturales y abasto interno. Exportadores de productos sensibles (energia, acero, recursos naturales) deben verificar constantemente si aplican restricciones. El cambio puede ser rapido via DOF.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del 28?

Enumera seis casos para establecer restricciones a exportacion: asegurar abasto domestico, cumplir tratados, restricciones constitucionales, conservacion de fauna/flora, preservacion de bienes historicos/artisticos, y situaciones de seguridad nacional/salud/sanidad/ecologia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Comercio Exterior?

Las restricciones a exportacion protegen recursos naturales y abasto interno. Exportadores de productos sensibles (energia, acero, recursos naturales) deben verificar constantemente si aplican restricciones. El cambio puede ser rapido via DOF.

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