LCEC_120419

Artículo 6. Facultades y atribuciones de la Secretaria

Enumera once atribuciones de la Secretaria de Economia incluyendo autorizacion de camaras, registro de delegaciones, supervision del SIEM, vigilancia y sancion de incumplimientos.

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Texto Legal

La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones y facultades:

I. Autorizar, previa opinión de la Confederación correspondiente, la constitución de nuevas Cámaras;

II. Registrar las delegaciones de las Cámaras;

III. Coadyuvar al fortalecimiento de las Cámaras y sus Confederaciones;

IV. Autorizar a las Cámaras y a las Confederaciones, en caso de que así lo determine, la operación de aquellos instrumentos de política económica y social afines a su ámbito de competencia, que por sus características convenga sean operados por una instancia cercana y afín a los Comerciantes e Industriales, siempre y cuando no se contravengan otras Leyes.

V. Convocar a la Asamblea General respectiva, cuando así se requiera en términos de la presente Ley;

VI. Autorizar las tarifas que las Cámaras podrán cobrar por concepto de alta y actualización en el SIEM;

VII. Establecer mecanismos que permitan que a las empresas con registro actualizado en el SIEM, ya sea por sí o a través de las Cámaras, acceso a programas gubernamentales orientados al desarrollo del comercio, servicios, el turismo o la industria;

VIII. Solicitar por escrito a las Cámaras y Confederaciones reportes anuales sobre su operación, sobre los resultados y operación de los programas y acciones que les hayan sido subrogados y la información financiera respecto del SIEM;

IX. Expedir los acuerdos de carácter general necesarios para el cumplimiento de esta Ley;

X. Vigilar y verificar la observancia de esta Ley, así como sancionar los casos de incumplimiento, y

XI. Las demás señaladas en esta Ley.

TÍTULO SEGUNDO DEL OBJETO, CIRCUNSCRIPCIÓN Y ACTIVIDADES DE LAS CÁMARAS Y CONFEDERACIONES

LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 12-04-2019 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Capítulo Primero Del Objeto

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para entender los poderes supervisores del Estado. La Secretaria tiene facultad sancionadora, lo que requiere que camaras mantengan reportes anuales completos y operacion conforme a ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LCEC_120419?

Enumera once atribuciones de la Secretaria de Economia incluyendo autorizacion de camaras, registro de delegaciones, supervision del SIEM, vigilancia y sancion de incumplimientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones?

Este articulo es fundamental para entender los poderes supervisores del Estado. La Secretaria tiene facultad sancionadora, lo que requiere que camaras mantengan reportes anuales completos y operacion conforme a ley.

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