LBOGM

Artículo 84. Facultades de la Secretaria tras aviso

Otorga a la Secretaria competente facultades para suspender actividades, imponer medidas adicionales de bioseguridad, o prohibir utilizacion confinada e importacion con sustento cientifico y tecnico. Permite impugnacion mediante revision.

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Texto Legal

Una vez presentado el aviso, la Secretaría correspondiente podrá determinar, en su caso, con sustento científico y técnico:

I. Que en consideración del organismo genéticamente modificado y los posibles riesgos en su manejo, debe suspenderse la actividad;

II. En su caso, podrá resolver que la utilización confinada requiere de la adopción e implementación de requisitos y medidas de bioseguridad adicionales a los señalados por el propio interesado en el aviso, las cuales serán determinadas por dicha Secretaría, y deberán ser observadas y cumplidas por el interesado para continuar la realización de la actividad, o

III. La prohibición de la utilización confinada del organismo genéticamente modificado de que se trate o su importación para esa actividad.

Dicha resolución podrá ser impugnada a través del recurso de revisión establecido en el presente ordenamiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo genera riesgo posterior a la presentacion del aviso. Las empresas deben estar preparadas para cumplir medidas adicionales que ordene la Secretaria. El recurso de revision es el mecanismo de defensa, por lo que se recomienda documentar cientificamente todas las evaluaciones de riesgo realizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LBOGM?

Otorga a la Secretaria competente facultades para suspender actividades, imponer medidas adicionales de bioseguridad, o prohibir utilizacion confinada e importacion con sustento cientifico y tecnico. Permite impugnacion mediante revision.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Este articulo genera riesgo posterior a la presentacion del aviso. Las empresas deben estar preparadas para cumplir medidas adicionales que ordene la Secretaria. El recurso de revision es el mecanismo de defensa, por lo que se recomienda documentar cientificamente todas las evaluaciones de riesgo realizadas.

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