LBOGM

Artículo 75. Almacenamiento de OGMs en aduanas

El almacenamiento de OGMs en aduanas se regirá por normas oficiales que expidan las Secretarías competentes. Esto asegura que el manejo de OGMs cumpla con las regulaciones establecidas.

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Texto Legal

El almacenamiento o depósito de OGMs o de productos que los contengan, que se realice en las aduanas del territorio nacional, se sujetará a lo que dispongan las normas oficiales mexicanas respectivas que expidan de manera conjunta las Secretarías competentes, con la participación de la SHCP.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben estar al tanto de las normas que regulan el almacenamiento en aduanas para evitar retrasos en la importación o exportación de productos. La planificación logística es clave.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del LBOGM?

El almacenamiento de OGMs en aduanas se regirá por normas oficiales que expidan las Secretarías competentes. Esto asegura que el manejo de OGMs cumpla con las regulaciones establecidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Las empresas deben estar al tanto de las normas que regulan el almacenamiento en aduanas para evitar retrasos en la importación o exportación de productos. La planificación logística es clave.

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