LAC

Artículo 79. Equipos tecnicos y personal capacitado

Obliga a operadores aereos y propietarios de aeronaves a contar con equipos tecnicos y personal capacitado para prevencion de accidentes. Define accidente e incidente aereo.

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Texto Legal

Las personas concesionarias, asignatarias, operadoras aéreas, o permisionarias y, en el caso de las operaciones de aeronaves para uso particular, las personas propietarias o poseedoras de aeronaves, deben contar con los equipos técnicos y con el personal capacitado, necesario, para la prevención de accidentes e incidentes aéreos. Párrafo reformado DOF 03-05-2023

Para efectos de esta Ley, se entiende por: Párrafo reformado DOF 03-05-2023

I. Accidente: todo suceso en el cual se causen lesiones mortales o graves, a personas a bordo de la aeronave, o en tierra por partes que se hayan desprendido, o bien, se ocasionen daños o roturas estructurales a la aeronave, o por el que la aeronave desaparezca o se encuentre en un lugar inaccesible, y Fracción reformada DOF 20-05-2021

II. Incidente: todo suceso relacionado con la utilización de una aeronave, que no llegue a ser un accidente que afecte o pueda afectar la seguridad operacional. Fracción reformada DOF 03-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental que establece obligaciones basicas de seguridad. Los operadores deben invertir continuamente en capacitacion y equipamiento. La diferencia legal entre accidente e incidente es critica para investigaciones posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del LAC?

Obliga a operadores aereos y propietarios de aeronaves a contar con equipos tecnicos y personal capacitado para prevencion de accidentes. Define accidente e incidente aereo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la LEY de Aviación Civil?

Articulo fundamental que establece obligaciones basicas de seguridad. Los operadores deben invertir continuamente en capacitacion y equipamiento. La diferencia legal entre accidente e incidente es critica para investigaciones posteriores.

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