El porteador tiene derecho de retener la carga hasta que se cubra el precio del transporte indicado en la carta de porte o guia de carga aérea.
El porteador tendrá derecho de retener la carga hasta en tanto se cubre el precio indicado por el transporte en la carta de porte o guía de carga aérea.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Derecho de prenda sobre carga para garantizar pago. Aplicable solo por cobros de transporte, no por otros conceptos. Importante para operadores: documentar retenciones para evitar conflictos legales con consignatarios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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