Regula contratos de transporte internacional sujetandose a tratados internacionales y ley mexicana. Requiere que operadores exijan documentos oficiales que acrediten legal internacion al pais de destino.
Para los servicios de transporte aéreo internacional, el contrato de transporte aéreo de pasajeros se sujetará a lo dispuesto en los tratados y a esta Ley.
Para este tipo de servicios, el concesionario o permisionario deberá exigir a los pasajeros la presentación de los documentos oficiales que acrediten su legal internación al país de destino del vuelo respectivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aspecto critico para operadores internacionales: responsabilidad compartida con autoridades migratorias. Operador debe verificar documentacion pero no es responsable por negativa de entrada. Recomendable crear procedimientos de validacion documental.
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