Cancelacion de matricula en Registro Aeronautico Mexicano causa perdida de nacionalidad mexicana. Puede ocurrir por solicitud propietario, mandamiento judicial, destruccion, vencimiento plazo matricula provisional, matricula en otro Estado.
La cancelación de la matrícula de una aeronave en el Registro Aeronáutico Mexicano tendrá por consecuencia la pérdida de su nacionalidad mexicana y podrá realizarse en los siguientes casos:
LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
I. A solicitud escrita del propietario o legítimo poseedor de la aeronave. No podrá cancelarse el registro de matrícula de una aeronave sujeta a gravamen, sin el consentimiento del acreedor;
II. Por mandamiento judicial o de otra autoridad competente;
III. En caso de destrucción, pérdida o abandono de la aeronave;
IV. Por vencimiento del plazo, tratándose de matrículas provisionales;
V. Por matricularse en otro Estado, y
VI. Por cualquiera otra causa que señalen los reglamentos respectivos.
Capítulo X Del Registro Aeronáutico Mexicano
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Procedimiento administrativo de desinscripcion. Si aeronave tiene gravamen no puede cancelarse sin consentimiento acreedor. Documentacion de cancelacion debe mantenerse para propositos fiscales.
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