AFAC puede solicitar opinion de COFECE si no existe competencia efectiva. AFAC establece bases de regulacion tarifaria que subsisten mientras duren condiciones que la motivaron.
Cuando la Agencia Federal de Aviación Civil, por sí o a petición de la parte afectada, considere que no existe competencia efectiva entre las concesionarias, asignatarias o permisionarias, solicitará la opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica para que, en su caso, la Agencia Federal de Aviación Civil establezca bases de regulación tarifaria. Dicha regulación se mantendrá sólo mientras subsistan las condiciones que la motivaron. Párrafo reformado DOF 03-05-2023
LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La Agencia Federal de Aviación Civil podrá establecer tarifas específicas para la prestación de los servicios, así como mecanismos de ajuste y periodos de vigencia. Párrafo reformado DOF 03-05-2023
Los concesionarios y permisionarios sujetos a tal regulación podrán solicitar a la Comisión Federal de Competencia que emita opinión sobre la aplicación y subsistencia de tales condiciones.
Capítulo IX De la matrícula de las aeronaves
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo de control antimonopolio. AFAC supervisa rutas o mercados donde operador unico predomina. Cambios en competencia pueden modificar regulacion tarifaria.
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