LAC

Artículo 16. Cesion de derechos en concesiones y permisos

La Secretaria autoriza la cesion total o parcial de derechos en concesiones y permisos dentro de 90 dias, siempre que el cesionario asuma las obligaciones pendientes. Se prohibe ceder concesiones o permisos a Estados extranjeros.

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Texto Legal

La Secretaría autorizará la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones establecidos en las concesiones, dentro de un plazo de noventa días naturales contado a partir de la presentación de la solicitud, siempre que la persona cesionaria se comprometa a realizar las obligaciones que se encuentren pendientes, y asuma las condiciones que, al efecto, establezca la Secretaría.

La Agencia Federal de Aviación Civil autorizará la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones establecidos en los permisos, en los términos previstos en el párrafo anterior.

Las personas concesionarias o permisionarias en ningún caso pueden ceder, ni en forma alguna gravar, transferir o enajenar la concesión o el permiso o los derechos conferidos en los títulos respectivos a ningún Estado extranjero. Artículo reformado DOF 03-05-2023

Capítulo IV Del servicio de transporte aéreo

Sección Primera Generalidades

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para operadores que deseen transferir sus derechos. El plazo de 90 dias es perentorio, y la prohibicion de cesion a Estados extranjeros debe verificarse en cualquier transaccion internacional. Recomendamos revisar las obligaciones pendientes antes de solicitar la cesion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LAC?

La Secretaria autoriza la cesion total o parcial de derechos en concesiones y permisos dentro de 90 dias, siempre que el cesionario asuma las obligaciones pendientes. Se prohibe ceder concesiones o permisos a Estados extranjeros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY de Aviación Civil?

Este articulo es fundamental para operadores que deseen transferir sus derechos. El plazo de 90 dias es perentorio, y la prohibicion de cesion a Estados extranjeros debe verificarse en cualquier transaccion internacional. Recomendamos revisar las obligaciones pendientes antes de solicitar la cesion.

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