Los servicios de transporte aereo deben adoptar medidas para garantizar seguridad maxima de aeronaves y proteger integridad fisica de usuarios. Los servicios deben prestarse de manera permanente, uniforme y no discriminatoria.
En la prestación de los servicios de transporte aéreo se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad de la aeronave y de su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros.
LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Los servicios deberán prestarse de manera permanente y uniforme, en condiciones equitativas y no discriminatorias en cuanto a calidad, oportunidad y precio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un articulo clave que establece obligaciones fundamentales de seguridad. Las aerolineas deben documentar todas las medidas de seguridad implementadas. El incumplimiento puede resultar en sanciones severas o revocacion de permisos.
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