Asociados deben ser mayores de edad segun estatutos. Representantes deben ser mexicanos, mayores de edad y acreditados ante autoridades correspondientes.
Para los efectos del registro a que se refiere esta ley, son asociados de una asociación religiosa los mayores de edad, que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos de la misma.
Los representantes de las asociaciones religiosas deberán ser mexicanos y mayores de edad y acreditarse con dicho carácter ante las autoridades correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requisitos basicos de legitimacion: para que representante sea valido en actos juridicos y ante autoridades debe comprobarse nacionalidad y mayoria de edad. Verificable en escrituras y documentos ante notarios.
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