El grado se acredita mediante despacho expedido o, en su defecto, con documento oficial que comunique el ascenso. Establece que el despacho es el instrumento legal de comprobacion del grado.
El grado que ostente el personal de la milicia permanente será acreditado con la expedición del despacho correspondiente y a falta de éste, con el documento oficial por el que se haya comunicado el ascenso al grado respectivo. Artículo reformado DOF 27-08-2010
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo reformado en 2010. El despacho es documento critico para efectos legales, prestaciones y ejercicio de funciones. Asegurar que todo ascenso tenga despacho formal; aceptar documento de comunicacion solo excepcionalmente y mantener registro.
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