LACP

Artículo 90. Mecanismos de insolvencia

El Comite de Proteccion al Ahorro puede determinar mecanismos como escision, fusion o venta para mitigar riesgos de insolvencia en Sociedades Financieras Populares. Estas medidas son cruciales para la estabilidad financiera.

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Texto Legal

El Comité de Protección al Ahorro podrá determinar la implementación por parte de las Sociedades Financieras Populares de alguno de los mecanismos siguientes:

I. La escisión;

II. La fusión;

III. La venta;

IV. Otras que contribuya a disminuir el riesgo de insolvencia o quebranto, y

LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

V. La disolución y liquidación, así como concurso mercantil. Artículo reformado DOF 13-08-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las Sociedades Financieras Populares deben estar atentas a las decisiones del Comite de Proteccion al Ahorro. Implementar mecanismos a tiempo puede evitar problemas mayores de insolvencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LACP?

El Comite de Proteccion al Ahorro puede determinar mecanismos como escision, fusion o venta para mitigar riesgos de insolvencia en Sociedades Financieras Populares. Estas medidas son cruciales para la estabilidad financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular?

Las Sociedades Financieras Populares deben estar atentas a las decisiones del Comite de Proteccion al Ahorro. Implementar mecanismos a tiempo puede evitar problemas mayores de insolvencia.

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