Delitos requieren comision dolosa. Accion penal prescribe en tres anos desde conocimiento del delito o cinco anos si no hay conocimiento, conforme reglas del Codigo Penal Federal.
Los delitos previstos en esta Ley sólo admitirán comisión dolosa. La acción penal en los delitos previstos en esta Ley, perseguibles por petición de la Secretaría, por la Sociedad u organismo ofendido, o por quien tenga interés jurídico, prescribirá en tres años contados a partir del día en que dicha Secretaría, o la Sociedad u organismo, o quien tenga interés jurídico tengan conocimiento del delito y del probable responsable, y si no tienen ese conocimiento, en cinco años los cuales se computarán, conforme a las reglas establecidas en el Artículo 102 del Código Penal Federal. Una vez cubierto el requisito de procedibilidad, la prescripción seguirá corriendo según las reglas del Código Penal Federal. Artículo adicionado DOF 13-08-2009
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Plazo corto de prescripcion (tres anos desde conocimiento) es ventajoso para reos pero peligroso en auditorias: cualquier descubrimiento reinicia contador. Mantener control de cuando se detectaron irregularidades. Solo delitos intencionales tipifican aqui.
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