LAN

Artículo 72. Procedimiento de constitucion de distritos

La Comision a traves de Organismos de Cuenca promueve vedas, elabora planos catastrales, formula censo de propietarios, realiza audiencias y promueve expropiaciones necesarias.

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Texto Legal

Para proceder a la constitución de un distrito de riego, con financiamiento del gobierno federal, "la Comisión", a través del Organismo de Cuenca que corresponda:

I. Promoverá, en su caso, las vedas necesarias para el buen funcionamiento de las obras;

II. Elaborará el plano catastral de tierras y construcciones comprendidas en el distrito;

LEY DE AGUAS NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III. Formulará el censo de personas propietarias o poseedoras de tierras y de otros inmuebles, así como la relación de valores fiscales y comerciales que tengan; Fracción reformada DOF 11-12-2025

IV. Realizará las audiencias, concertaciones y las demás acciones previstas en esta Ley y sus reglamentos, necesarias para constituir la zona de riego proyectada;

V. Promoverá, en su caso, la expropiación por parte del Ejecutivo Federal de las tierras requeridas para hacer las obras hidráulicas de almacenamiento y distribución, y

VI. Hará del conocimiento de las autoridades que deban intervenir conforme a su competencia, con motivo de la creación del distrito y, en su caso, de las expropiaciones que se requieran. Artículo reformado DOF 29-04-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Procedimiento administrativo detallado que puede tomar años. Relevante para propietarios afectados por obras hidraulicas que necesiten entender cronograma y derechos a indemnizacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LAN?

La Comision a traves de Organismos de Cuenca promueve vedas, elabora planos catastrales, formula censo de propietarios, realiza audiencias y promueve expropiaciones necesarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY de Aguas Nacionales?

Procedimiento administrativo detallado que puede tomar años. Relevante para propietarios afectados por obras hidraulicas que necesiten entender cronograma y derechos a indemnizacion.

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