LAN

Artículo 59. Objetos unidades riego construccion operacion

Unidades de riego pueden construir y operar propia infraestructura, coinvertir con recursos publicos, u operar infraestructura publica federal para prestar servicio a miembros.

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Texto Legal

Las personas físicas o morales podrán conformar una persona moral y constituir una unidad de riego que tenga por objeto:

I. Construir y operar su propia infraestructura para prestar el servicio de riego a sus miembros;

II. Construir obras de infraestructura de riego en coinversión con recursos públicos federales, estatales y municipales y hacerse cargo de su operación, conservación y mantenimiento para prestar el servicio de riego a sus miembros, y

III. Operar, conservar, mantener y rehabilitar infraestructura pública federal para irrigación, cuyo uso o aprovechamiento hayan solicitado en concesión a "la Comisión" a través del Organismo de Cuenca que corresponda. Artículo reformado DOF 29-04-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Define tres modelos de negocio para unidades de riego: privado, publico-privado y operacion de activos publicos. Cada modelo tiene implicaciones diferentes para recuperacion de costos y sostenibilidad financiera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del LAN?

Unidades de riego pueden construir y operar propia infraestructura, coinvertir con recursos publicos, u operar infraestructura publica federal para prestar servicio a miembros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la LEY de Aguas Nacionales?

Define tres modelos de negocio para unidades de riego: privado, publico-privado y operacion de activos publicos. Cada modelo tiene implicaciones diferentes para recuperacion de costos y sostenibilidad financiera.

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