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Artículo 124. Recurso de Revision

Los actos de la Autoridad del Agua pueden ser impugnados mediante un recurso de revision en un plazo de quince dias. Este recurso busca revocar o modificar resoluciones que causen agravio.

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Texto Legal

Contra los actos o resoluciones definitivas de "la Autoridad del Agua" que causen agravio a particulares, se podrá interponer el recurso de revisión dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

El recurso tiene por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución reclamada y los fallos que se dicten contendrán el acto reclamado, un Capítulo de considerandos, los fundamentos legales en que se apoye y los puntos de resolución. Los reglamentos de la presente Ley establecerán los términos y demás requisitos para la tramitación y sustanciación del recurso.

La interposición del recurso se hará por escrito dirigido a la persona Titular de la Dirección General de "la Comisión", en los casos establecidos en la Fracción IX del Artículo 9 de la presente Ley, o a la persona Titular de la Dirección General del Organismo de Cuenca competente, en el que se deberán LEY DE AGUAS NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

expresar el nombre y domicilio de la persona recurrente y los agravios, acompañándose los elementos de prueba que se consideren necesarios, así como las constancias que acrediten la personalidad de la persona promovente. Párrafo reformado DOF 11-12-2025

Si se recurre la imposición de una multa, se suspenderá el cobro de ésta hasta que se resuelva el recurso, siempre y cuando se garantice su pago en los términos previstos por las disposiciones fiscales.

Los recursos contra actos o resoluciones que se emitan en materia fiscal conforme a la presente Ley, serán resueltos en los términos del Código Fiscal de la Federación y de su reglamento. Artículo reformado DOF 29-04-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los particulares deben conocer sus derechos para impugnar decisiones de la Autoridad del Agua. Esto les permite defender sus intereses y asegurar un proceso justo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 124 del LAN?

Los actos de la Autoridad del Agua pueden ser impugnados mediante un recurso de revision en un plazo de quince dias. Este recurso busca revocar o modificar resoluciones que causen agravio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 124 de la LEY de Aguas Nacionales?

Los particulares deben conocer sus derechos para impugnar decisiones de la Autoridad del Agua. Esto les permite defender sus intereses y asegurar un proceso justo.

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