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Artículo 110. Mantenimiento de Infraestructura Hidraulica

La operacion y mantenimiento de la infraestructura hidraulica sera responsabilidad de las personas usuarias de los servicios. Las cuotas se basaran en los costos de los servicios, considerando eficiencia economica.

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Texto Legal

La operación, conservación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica se efectuarán con cargo a las personas usuarias de los servicios respectivos. Las cuotas de autosuficiencia se determinarán con base en los costos de los servicios, previa la valuación de dichos costos en los términos de eficiencia económica; igualmente, se tomarán en consideración criterios de eficiencia económica y saneamiento financiero de la entidad o unidad prestadora del servicio. Artículo reformado DOF 29-04-2004, 11-12-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores deben asegurarse de que las cuotas establecidas sean justas y reflejen los costos reales de operacion. Esto ayudara a evitar conflictos con los usuarios de los servicios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del LAN?

La operacion y mantenimiento de la infraestructura hidraulica sera responsabilidad de las personas usuarias de los servicios. Las cuotas se basaran en los costos de los servicios, considerando eficiencia economica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 de la LEY de Aguas Nacionales?

Los contadores deben asegurarse de que las cuotas establecidas sean justas y reflejen los costos reales de operacion. Esto ayudara a evitar conflictos con los usuarios de los servicios.

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