La Secretaría y la Agencia Federal de Aviación Civil vigilan el cumplimiento de la Ley y sus reglamentos, implementando programas de verificación y certificación. Esto es clave para la seguridad y operación de los aeródromos.
A la Secretaría y a la Agencia Federal de Aviación Civil les compete vigilar el cumplimiento de esta Ley, sus reglamentos, las disposiciones técnico-administrativas y demás normas jurídicas aplicables en términos de los artículos 6 y 6 BIS de esta Ley. La Agencia Federal de Aviación Civil debe implementar y cumplir con los programas de verificación y certificación que se establezcan. Párrafo reformado DOF 18-06-2018, 03-05-2023
Las personas concesionarias, permisionarias, asignatarias u operadoras aeroportuarias y las que presten servicios están obligadas a permitir el acceso a sus instalaciones de los inspectores verificadores de la Agencia Federal de Aviación Civil, así como a transportarlos en sus equipos y, en general, a otorgarles todas las facilidades que se necesiten para cumplir con las inspecciones y verificaciones previstas en la presente Ley, en los reglamentos que deriven de ésta y en las disposiciones técnico- administrativas aplicables, así como a proporcionarles informes con datos que permitan conocer la construcción, administración, operación y explotación de los aeródromos civiles y demás servicios relacionados. Párrafo reformado DOF 03-05-2023
Las personas sujetas a verificación, cubrirán las cuotas que por este concepto se originen.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben facilitar el acceso a inspectores y cumplir con los programas de verificación. La falta de cooperación puede resultar en sanciones severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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