LAero

Artículo 78 BIS. Certificación de aeródromos

Los concesionarios deben obtener la certificación de aeródromos de acuerdo con la Ley y regulaciones aplicables. Esto asegura que se cumplan los estándares de seguridad y operación.

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Texto Legal

Los concesionarios o permisionarios de aeródromos de servicio al público, deberán obtener la certificación de los mismos, de conformidad con esta Ley, sus reglamentos y las disposiciones nacionales e internacionales en esta materia. Artículo adicionado DOF 18-06-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que las empresas inicien el proceso de certificación a tiempo para evitar retrasos en sus operaciones. La certificación es un requisito legal indispensable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 BIS del LAero?

Los concesionarios deben obtener la certificación de aeródromos de acuerdo con la Ley y regulaciones aplicables. Esto asegura que se cumplan los estándares de seguridad y operación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 78 BIS de la LEY de Aeropuertos?

Es fundamental que las empresas inicien el proceso de certificación a tiempo para evitar retrasos en sus operaciones. La certificación es un requisito legal indispensable.

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