LAero

Artículo 79. Dictámenes técnicos

Los dictámenes técnicos de unidades de inspección operadas por terceros son válidos solo si están autorizados por la Agencia Federal de Aviación Civil. Esto garantiza la calidad y confiabilidad de las inspecciones.

dictameninspeccionaviacion civil

Texto Legal

Los dictámenes técnicos de las unidades de inspección operadas por terceros tendrán validez cuando dichas unidades hayan sido previamente autorizadas por la Agencia Federal de Aviación Civil, en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad. Artículo reformado DOF 18-06-2018, 03-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben asegurarse de que cualquier unidad de inspección utilizada esté debidamente autorizada. Esto es crucial para evitar problemas legales y garantizar la validez de los dictámenes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del LAero?

Los dictámenes técnicos de unidades de inspección operadas por terceros son válidos solo si están autorizados por la Agencia Federal de Aviación Civil. Esto garantiza la calidad y confiabilidad de las inspecciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la LEY de Aeropuertos?

Las empresas deben asegurarse de que cualquier unidad de inspección utilizada esté debidamente autorizada. Esto es crucial para evitar problemas legales y garantizar la validez de los dictámenes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 79 del LAero?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 79 LAero desde tu celular