LAero

Artículo 72. Programa seguridad aeroportuaria obligatorio

Concesionarios deben elaborar, implementar y actualizar programa local de seguridad aeroportuaria, colaborar en dispositivos de seguridad y mantener equipos rescate e incendios.

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Texto Legal

Las personas concesionarias, asignatarias, operadoras aeroportuarias y permisionarias deben elaborar, implementar y mantener actualizado un programa local de seguridad aeroportuaria para cada aeródromo, así como colaborar en los dispositivos de seguridad en las operaciones aeroportuarias, y mantener los equipos de rescate y extinción de incendios en óptimas condiciones de operación. Asimismo, deben hacer del conocimiento de la Agencia Federal de Aviación Civil cualquier situación técnica y operativa, relevante o emergente, en materia de seguridad. Artículo reformado DOF 03-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es deber operativo clave con implicaciones de responsabilidad civil. Los administradores deben actualizar programa anualmente; los abogados deben asegurar cobertura de seguros de responsabilidad civil por incidentes de seguridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LAero?

Concesionarios deben elaborar, implementar y actualizar programa local de seguridad aeroportuaria, colaborar en dispositivos de seguridad y mantener equipos rescate e incendios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY de Aeropuertos?

Este es deber operativo clave con implicaciones de responsabilidad civil. Los administradores deben actualizar programa anualmente; los abogados deben asegurar cobertura de seguros de responsabilidad civil por incidentes de seguridad.

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