Vigilancia interna en aerodromo es responsabilidad de concesionario conforme disposiciones legales y lineamientos AFAC. Autoridades federales asumen vigilancia en emergencias o amenazas a seguridad.
La vigilancia interna en los aeródromos civiles es responsabilidad de la concesionaria, asignataria, operadora aeroportuaria o permisionaria y se prestará conforme a las disposiciones legales aplicables en la materia y a los lineamientos que al efecto establezca la Agencia Federal de Aviación Civil, la cual contará con un cuerpo encargado de verificar que la seguridad y vigilancia se lleve a cabo conforme a las disposiciones aplicables. Párrafo reformado DOF 03-05-2023
En situaciones de emergencia o cuando se ponga en peligro la paz interior o la seguridad nacional, las autoridades federales competentes prestarán en forma directa la vigilancia para preservar la seguridad de las aeronaves, pasajeros, carga, correo, instalaciones y equipo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La responsabilidad de vigilancia es operativa continua con costos significativos. Los administradores deben documentar cumplimiento de lineamientos AFAC; los contadores deben presupuestar personal y equipo de vigilancia como gasto operativo.
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