LAero

Artículo 56. Requisitos prestadores servicios aeroportuarios

Los prestadores de servicios aeroportuarios deben tener capacidad tecnica y cumplir requisitos legales. Sus contratos requieren autorizacion y registro ante AFAC en 15 dias habiles.

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Texto Legal

Las personas prestadoras de servicios aeroportuarios y complementarios, cuando sean personas distintas de las concesionarias, asignatarias o permisionarias, deben contar con capacidad técnica, según la naturaleza del servicio de que se trate, así como no estar en los supuestos a que se refiere el artículo 22 de esta Ley y cumplir con las demás disposiciones jurídicas aplicables.

Los contratos que celebren las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias con las personas prestadoras de los servicios aeroportuarios y complementarios, deben presentarse para su autorización y registro ante la Agencia Federal de Aviación Civil en un plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de su formalización. En caso de no contar con esta autorización, dichos contratos no surtirán efectos.

Cuando el incumplimiento de los contratos a que se refiere este artículo afecte la adecuada operación del aeródromo civil y constituya una causa de revocación de las previstas en el artículo 27 de esta Ley, la Agencia Federal de Aviación Civil revocará la autorización de dichos contratos, previa garantía de audiencia a la persona afectada. La concesionaria, asignataria o permisionaria, en estos casos, debe asegurar que no se interrumpan los servicios del aeródromo civil. Artículo reformado DOF 03-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un control administrativo clave que requiere diligencia debida. Los contratos sin autorizacion AFAC no producen efectos legales, por lo que es critico monitorear la fecha de formalizacion y asegurar presentacion oportuna para evitar nulidad contractual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LAero?

Los prestadores de servicios aeroportuarios deben tener capacidad tecnica y cumplir requisitos legales. Sus contratos requieren autorizacion y registro ante AFAC en 15 dias habiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la LEY de Aeropuertos?

Este es un control administrativo clave que requiere diligencia debida. Los contratos sin autorizacion AFAC no producen efectos legales, por lo que es critico monitorear la fecha de formalizacion y asegurar presentacion oportuna para evitar nulidad contractual.

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