LAero

Artículo 43. Obligaciones administrativas del concesionario

Los concesionarios tienen obligaciones amplias incluyendo planificacion, ejecucion de programas, percepcion de ingresos, capacitacion, coordinacion de servicios y provision de informacion estadística.

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Texto Legal

En materia de administración corresponderá a los concesionarios y permisionarios, entre otros:

I. Planear, programar y efectuar las acciones necesarias para la operación, desarrollo y promoción del aeródromo civil;

II. Llevar a cabo las acciones conducentes a la ejecución del programa maestro de desarrollo o el programa indicativo de inversiones, según sea el caso;

III. Percibir en los términos que fijen los reglamentos correspondientes y el título de concesión o permiso, los ingresos por el uso de la infraestructura del aeródromo civil, por la celebración de contratos, por los servicios que preste directamente, así como por las actividades comerciales que realice;

IV. Establecer programas de capacitación y atender las disposiciones que sobre la materia establezca la autoridad competente;

V. Coordinar las actividades de los prestadores de servicios y usuarios del aeródromo civil para lograr un adecuado funcionamiento del mismo;

VI. En el caso de aeropuertos, los concesionarios deberán coordinar las operaciones y demás servicios que se presten en el mismo, sobre bases equitativas y no discriminatorias, y

VII. Proporcionar la información estadística requerida por las autoridades competentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Enumera obligaciones operativas clave; la fraccion VI exige coordinacion equitativa y no discriminatoria de operaciones. El incumplimiento de cualquiera puede ser causal de revocacion; documentar todas las actividades para defensa legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LAero?

Los concesionarios tienen obligaciones amplias incluyendo planificacion, ejecucion de programas, percepcion de ingresos, capacitacion, coordinacion de servicios y provision de informacion estadística.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Aeropuertos?

Enumera obligaciones operativas clave; la fraccion VI exige coordinacion equitativa y no discriminatoria de operaciones. El incumplimiento de cualquiera puede ser causal de revocacion; documentar todas las actividades para defensa legal.

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