Las permisionarias de aeródromos de servicio al público deben elaborar programa indicativo de inversiones incluyendo construccion, conservacion, mantenimiento y medidas de seguridad ambiental.
La permisionaria de un aeródromo de servicio al público debe elaborar su Programa Indicativo de Inversiones en materia de Construcción, Conservación y Mantenimiento, en el que se incluyan medidas específicas relacionadas con la seguridad y protección del medio ambiente, de conformidad con el Reglamento y las disposiciones técnico-administrativas que se emitan. Dicho programa debe hacerse del conocimiento de la Agencia Federal de Aviación Civil. Artículo reformado DOF 16-01-2009, 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aplicable a permisionarios (no concesionarios de aeropuertos). Debe incluir medidas ambientales explícitas; requiere notificacion a AFAC para cumplimiento normativo y presupuestación de inversiones obligatorias.
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Art. 38. Programa maestro de desarrollo aeroportuario
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Art. 40. Autorizacion previa para trabajos de construccion
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