Los concesionarios deben elaborar programa maestro de desarrollo conforme politicas nacionales, requiriendo autorizacion de AFAC y opinion de defensa/marina. Se revisa cada cinco años.
Las personas concesionarias, asignatarias y operadoras aeroportuarias deben elaborar su programa maestro de desarrollo, con base en las políticas y programas establecidos para el desarrollo del sistema aeroportuario nacional y su interrelación con otros modos de transporte, de conformidad con el Reglamento y las disposiciones técnico-administrativas que se emitan, el cual una vez autorizado por la Agencia Federal de Aviación Civil, previa opinión de la Secretaría de la Defensa Nacional o de la Secretaría de Marina en el ámbito de su competencia y de la Secretaría, será parte integrante del título de concesión. El programa maestro de desarrollo será revisable cada cinco años. Artículo reformado DOF 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Documento fundamental; parte integrante del titulo de concesion. Requiere coordinacion interministerial; los operadores deben mantener este documento actualizado y solicitado evaluacion cada cinco años para evitar incumplimientos.
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