Los objetivos incluyen generar política general en contrataciones, propiciar transparencia, estandarizar procedimientos y ser única fuente de información. La Plataforma debe conservar información por cinco años y resguardar programas, historial de cumplimiento, testigos sociales y contratos.
La Plataforma tendrá los siguientes fines: I. Contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; II. Propiciar la transparencia y administración de las contrataciones de bienes, arrendamientos y servicios del sector público; III. Procurar la estandarización de los procedimientos de contratación desde la planeación, presupuestación, contratación y administración de contratos; IV. Ser la única fuente de información referente a las contrataciones públicas, y V. Contribuir a una mayor participación de proveedores en las contrataciones públicas. Dicha Plataforma deberá administrar y resguardar por lo menos la siguiente información, la cual deberá ser verificada y, en su caso, actualizada por las dependencias y entidades al menos cada mes: a) Los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades, y sus adecuaciones; b) El historial de cumplimiento de las obligaciones a cargo de los proveedores; c) El padrón de testigos sociales en las contrataciones públicas; d) La información derivada de los procedimientos de contratación y de los acuerdos marco, en los términos de esta Ley; e) Las notificaciones y avisos relativos a los procedimientos de contratación y a la celebración de acuerdos marco, así como de la instancia de inconformidad; f) Los contratos, acuerdos marco, convenios modificatorios, órdenes de suministro y órdenes de servicio suscritos, así como sus datos relevantes, considerando las disposiciones aplicables en materia de transparencia y protección de datos personales; g) El registro de proveedores sancionados; h) Las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, e i) Los contratos que se celebren al amparo del artículo 2 de esta Ley. La Plataforma conservará la información electrónica comprobatoria de los actos y contratos materia de la presente Ley, cuando menos por un lapso de cinco años, contados a partir de la fecha de su recepción; excepto la documentación contable, en cuyo caso se estará en lo previsto por las disposiciones aplicables.
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 16-04-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Las proposiciones desechadas durante la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas en las que no se haya utilizado la plataforma, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos cinco años contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo; agotados dichos términos la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La retención de cinco años de información es mandato legal crítico. Las dependencias deben implementar sistemas de archivo digital robustos. La información debe actualizarse mensualmente, generando carga administrativa significativa.
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