Las notificaciones realizadas a través de la Plataforma en días y horas hábiles tienen efectos de notificación personal y validez jurídica. Los documentos electrónicos producen los mismos efectos que documentos físicos.
Las notificaciones que se realicen a través de la Plataforma se llevarán a cabo en días y horas hábiles, tendrán efectos de notificación personal y plena validez jurídica una vez que transcurran los plazos que se establezcan en esta Ley o se cuente con el acuse de recibo que emita la citada Plataforma. Los documentos electrónicos que sean enviados mediante la citada Plataforma producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, y en consecuencia tendrán el mismo valor probatorio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las notificaciones digitales tienen plena validez sin firma manuscrita. Los plazos comienzan cuando transcurren los términos legales o se recibe acuse de recibo. Esto acelera procedimientos pero requiere monitoreo constante de la Plataforma.
Anterior
Art. 83. Acceso Plataforma firma electronica
Siguiente
Art. 85. Objetivos y funciones Plataforma
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo