Las dependencias pueden distribuir partidas de bienes o servicios entre varios proveedores, siempre que no restrinjan la participación libre. Esto debe estar claramente establecido en la convocatoria de la licitación.
Las dependencias y entidades podrán utilizar el abastecimiento simultáneo a efecto de distribuir entre dos o más proveedores las partidas de bienes o servicios, cuando así lo hayan establecido en la convocatoria a la licitación, siempre que con ello no restrinjan la libre participación. La dependencia o entidad convocante tomará en cuenta las recomendaciones previas que, en su caso, emita la autoridad competente en materia de libre competencia y concurrencia, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. En este caso, los precios de los bienes o servicios contenidos en una misma partida y distribuidos entre dos o más proveedores, no podrán exceder del margen previsto por la convocante en la convocatoria a la licitación, el cual no podrá ser superior al diez por ciento respecto de la proposición solvente más baja. Capítulo Cuarto De las Excepciones a la Licitación Pública
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La implementación de abastecimiento simultáneo puede fomentar la competencia y la diversidad de proveedores, pero es importante asegurarse de que se cumplan los márgenes de precios establecidos en la convocatoria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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