Procedimientos para adquisiciones financiadas con creditos externos se establecen por la Secretaria con opinion de Hacienda, aplicando lo dispuesto por esta ley y precisandose en convocatorias.
En los casos de adquisiciones, arrendamientos o servicios financiados con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal o con su garantía por organismos financieros regionales o multilaterales, los procedimientos, requisitos y demás disposiciones para su contratación serán establecidos, con la opinión de Hacienda, por la Secretaría, aplicando en lo procedente lo dispuesto por esta Ley y deberán precisarse en las convocatorias, invitaciones y contratos correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si una dependencia contrata con fondos del Banco Mundial, BID o similar, existen procedimientos especificos adicionales. Estos deben constar expresamente en las convocatorias. Revise que las reglas aplicables esten debidamente especificadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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