Titulares de dependencias son responsables de cumplir criterios de modernizacion y delegacion efectiva. Pueden delegar facultades en organos desconcentrados mediante acuerdo.
En materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, las personas titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades serán los responsables de que, en la adopción e instrumentación de las acciones que deban llevar a cabo en cumplimiento de esta Ley, se observen criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo, así como la efectiva delegación de facultades. Las facultades conferidas por esta Ley a las personas titulares de las dependencias podrán ser ejercidas por las personas titulares de sus órganos desconcentrados, previo acuerdo delegatorio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La responsabilidad es personal del titular. Las delegaciones deben ser formales y en acuerdo expreso. Esta disposicion es relevante para deslinde de responsabilidades en estructuras administrativas complejas.
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