LAASSP

Artículo 13. Leyes supletorias

Codigo Civil Federal, Ley Federal de Procedimiento Administrativo y Codigo Nacional de Procedimientos Civiles seran supletorios de esta ley en lo que corresponda.

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Texto Legal

Serán supletorias de esta Ley y de las demás disposiciones que de ella se deriven, en lo que corresponda, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 91 de la presente Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las lagunas de esta ley se cierran con derecho civil y administrativo federal. Esto es importante para interpretacion de obligaciones contractuales no previstas expresamente en la ley de contrataciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LAASSP?

Codigo Civil Federal, Ley Federal de Procedimiento Administrativo y Codigo Nacional de Procedimientos Civiles seran supletorios de esta ley en lo que corresponda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio...?

Las lagunas de esta ley se cierran con derecho civil y administrativo federal. Esto es importante para interpretacion de obligaciones contractuales no previstas expresamente en la ley de contrataciones.

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