LAASSP

Artículo 118. Otros mecanismos alternativos de solucion de controversias

Autoriza a partes a convenir mecanismos diversos de solucion de controversias (mediacion, negociacion, transaccion) para resolver discrepancias sobre interpretacion o ejecucion de contratos.

mecanismos alternativoscomposicion de diferenciasautonomia de voluntad
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 16 de abril de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

Las partes podrán convenir otros mecanismos de solución de controversias para resolver sus discrepancias sobre la interpretación o ejecución de los contratos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo da flexibilidad maxima: las partes pueden diseñar sus propios procedimientos de resolucion, lo que permite adaptarse a caracteristicas especificas de cada contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 118 del LAASSP?

Autoriza a partes a convenir mecanismos diversos de solucion de controversias (mediacion, negociacion, transaccion) para resolver discrepancias sobre interpretacion o ejecucion de contratos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 118 de la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio...?

Este articulo da flexibilidad maxima: las partes pueden diseñar sus propios procedimientos de resolucion, lo que permite adaptarse a caracteristicas especificas de cada contrato.

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