LAASSP

Artículo 119. Competencia de tribunales federales en controversias

Las controversias por interpretacion o aplicacion de contratos federales se resuelven por tribunales federales si no hay clausula arbitral o mecanismo alterno pactado o aplicable.

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Texto Legal

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de los contratos celebrados con base en esta Ley, serán resueltas por los tribunales federales, en los casos en que no se haya pactado cláusula arbitral o medio alterno de solución de controversias, o estas no resulten aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Punto de jurisdiccion critico: sin arbitraje ni mecanismo alterno, cualquier litigio sobre contratos federales va a juzgados federales (federal civil o mercantil). Esto implica procedimientos complejos y prolongados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del LAASSP?

Las controversias por interpretacion o aplicacion de contratos federales se resuelven por tribunales federales si no hay clausula arbitral o mecanismo alterno pactado o aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 119 de la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio...?

Punto de jurisdiccion critico: sin arbitraje ni mecanismo alterno, cualquier litigio sobre contratos federales va a juzgados federales (federal civil o mercantil). Esto implica procedimientos complejos y prolongados.

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