Regula la reclamación de daños derivados de medidas cautelares dictadas en el juicio de amparo.
Cuando las medidas cautelares dictadas en el juicio de amparo causen daños o perjuicios a las partes, éstas podrán reclamarlos mediante incidente.
El incidente se tramitará ante el órgano jurisdiccional de amparo, con vista a las partes por el plazo de tres días.
La garantía otorgada para la suspensión o medida cautelar se aplicará al pago de los daños y perjuicios que se determinen, previo incidente de ejecución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La responsabilidad de los servidores publicos involucrados en el amparo incluye a funcionarios judiciales que incumplan sus deberes. SDV Asesores ha utilizado esta disposicion para denunciar irregularidades en la tramitacion de amparos fiscales, especialmente cuando se detectan demoras injustificadas o violaciones al debido proceso por parte del personal del juzgado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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