Establece las reglas para la enajenacion de terrenos nacionales a particulares.
Los terrenos nacionales seran inembargables e imprescriptibles y podran ser enajenados en los siguientes casos:
1. A titulo oneroso fuera de subasta, a los particulares dedicados a actividades agropecuarias que no tengan tierra suficiente
2. Por subasta publica a cualquier mexicano que lo solicite
La SEDATU determinara el precio y las condiciones de la enajenacion.
Los terrenos nacionales podran ser destinados a:
- Uso publico
- Servicio de las dependencias de gobierno
- Reservas nacionales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los terrenos nacionales pueden enajenarse a particulares conforme al procedimiento que establezca la autoridad agraria. La enajenacion puede ser onerosa o gratuita, dependiendo de las circunstancias del caso y la politica agraria vigente. SDV Asesores asesora a sus clientes en la adquisicion de terrenos nacionales, asegurando el cumplimiento de todos los requisitos legales.
Art. 179. Terrenos baldios y nacionales
Define los terrenos baldios como aquellos de la nacion que no han salido de su dominio por titulo legalmente expedido y que no han sido deslindados ni medidos, y los terrenos nacionales como los deslindados y medidos.
Art. 180. Deslinde de terrenos nacionales
Establece el procedimiento de deslinde de terrenos nacionales por parte de la SEDATU.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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