LAg

Artículo 166. Denuncia de irregularidades agrarias

Establece que la Procuraduria Agraria denunciara ante las autoridades competentes las irregularidades que detecte en materia agraria.

denunciairregularidadesdelitosservidores-publicos

Texto Legal

Articulo 166 - Denuncia de Irregularidades

La Procuraduria Agraria denunciara ante las autoridades competentes, incluyendo el Ministerio Publico, los hechos que lleguen a su conocimiento y que puedan constituir delitos o faltas administrativas que afecten los derechos de los sujetos agrarios.

Asimismo, formulara las quejas correspondientes ante las autoridades administrativas por las irregularidades que detecte en el ejercicio de las funciones de los servidores publicos agrarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los visitadores agrarios de la Procuraduria tienen facultades para realizar inspecciones en los ejidos y verificar el cumplimiento de la ley. Estas visitas pueden ser programadas o de oficio y sus resultados pueden derivar en procedimientos administrativos o judiciales. Las empresas con operaciones en tierras ejidales deben estar preparadas para estas inspecciones y acreditar la legalidad de sus actividades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del LAg?

Establece que la Procuraduria Agraria denunciara ante las autoridades competentes las irregularidades que detecte en materia agraria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la Ley Agraria?

Los visitadores agrarios de la Procuraduria tienen facultades para realizar inspecciones en los ejidos y verificar el cumplimiento de la ley. Estas visitas pueden ser programadas o de oficio y sus resultados pueden derivar en procedimientos administrativos o judiciales. Las empresas con operaciones en tierras ejidales deben estar preparadas para estas inspecciones y acreditar la legalidad de sus actividades.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 166 del LAg?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 166 LAg desde tu celular