Establece el procedimiento que debe seguirse para el fraccionamiento y enajenacion de los excedentes de la pequena propiedad.
Para proceder al fraccionamiento de una propiedad que exceda los limites de la pequena propiedad, se seguira el siguiente procedimiento:
1. Notificacion al propietario de la existencia de excedentes
2. Plazo de un ano para que el propietario enajene voluntariamente
3. Vencido el plazo, la SEDATU solicitara la venta ante el tribunal agrario
4. El tribunal ordenara la subasta publica de los excedentes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los derechos de los ejidatarios afectados por la expropiacion incluyen la posibilidad de reubicacion en otras tierras del propio ejido o la adquisicion preferente de tierras nacionales disponibles. SDV Asesores explora todas las opciones de compensacion para asegurar que los ejidatarios afectados mantengan su medio de vida y sustento despues de la expropiacion.
Art. 133. Fraccionamiento de superficies excedentes
Establece el procedimiento para el fraccionamiento de las superficies que excedan los limites de la pequena propiedad.
Art. 135. Denuncia de excedentes de la pequena propiedad
Establece que cualquier persona podra denunciar ante la SEDATU las propiedades que excedan los limites de la pequena propiedad.
Art. 137. Nulidad de actos de simulacion de fraccionamiento
Establece que seran nulos los actos o contratos que constituyan una simulacion de fraccionamiento para eludir los limites de la pequena propiedad.
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Art. 135. Denuncia de excedentes de la pequena propiedad
Siguiente
Art. 137. Nulidad de actos de simulacion de fraccionamiento
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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