ET

Artículo 356. Requisitos para Régimen Tributario Especial

Detalla los requisitos que deben cumplir las entidades sin ánimo de lucro para ser clasificadas en el Régimen Tributario Especial, incluyendo la legalidad y el interés general.

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Texto Legal

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, su calificación como contribuyentes del Régimen Tributario Especial, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se enumeran a continúación:


1. Que estén legalmente constituidas.


2. Que su objeto social sea de interés general en una o varias de las actividades meritorias establecidas en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cumplir con estos requisitos es fundamental para mantener la clasificación en el régimen especial; el incumplimiento puede resultar en la pérdida de beneficios fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 356 del ET?

Detalla los requisitos que deben cumplir las entidades sin ánimo de lucro para ser clasificadas en el Régimen Tributario Especial, incluyendo la legalidad y el interés general.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 356 de la Estatuto Tributario?

Cumplir con estos requisitos es fundamental para mantener la clasificación en el régimen especial; el incumplimiento puede resultar en la pérdida de beneficios fiscales.

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