Se enumeran los derechos de los afiliados y beneficiarios dentro del sistema, incluyendo el derecho a recibir prestaciones y a la información adecuada sobre sus beneficios.
DERECHOS DE LOS(AS) AFILIADOS(AS) Y BENEFICIARIOS(AS).
Los(as) afiliados(as) y beneficiarios(as) tienen los siguientes derechos dentro del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez:
1) A recibir prestaciones del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez de manera oportuna en las condiciones y términos consagrados en la ley,
2) A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general para comunicarse con la administración de las instituciones o entidades.
3) A recibir una respuesta oportuna en condiciones de calidad y coherencia y a obtener información suficiente que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas.
4) A recibir información clara y precisa sobre los mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos.
5) A recibir información oportuna y actualizada permanentemente, así como asesoría que le permita seleccionar la mejor oportunidad de protección social para su vejez.
6) A que no se le trasladen las cargas administrativas que le corresponde asumir a los encargados o intervinientes en la administración del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez.
7) A recibir los servicios con estándares de calidad y seguridad y eficiencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer sus derechos permite a los afiliados exigir lo que les corresponde. La falta de información puede llevar a la desinformación y a la no reclamación de beneficios.
Anterior
Art. 8. Deberes de los Afiliados
Siguiente
Art. 10. Facultad del Empleador para Solicitar Pension
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo