El Artículo 89 permite a la UGPP aplicar un esquema de presunción en procesos de fiscalización, facilitando la verificación de cotizaciones. Esto busca asegurar el cumplimiento normativo.
de la Ley 2277 de 2022 o la norma que la modifique o sustituya.
PARÁGRAFO 2o.
La UGPP podrá aplicar el esquema de presunción previsto en el parágrafo anterior a los procesos de la fiscalización en curso y a los que se inicien respecto de cualquier vigencia fiscal y a los que, siendo procedente y sin requerir el consentimiento previo, estén o llegaren a estar en trámite de resolver a través de revocación directa y no dispongan de una situación jurídica consolidada por pago.
En aquellos casos en los cuales el (la) afiliado(a) perciba contraprestación de dos o más contratantes, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas en forma proporcional al salario o ingreso devengado de cada uno de ellos, y dichos salarios o ingresos se acumularán hasta el tope máximo de cotización para todos los efectos de esta Ley.
Las personas que desarrollan una actividad económica principal que estén ubicados en el área rural, centro municipal o centros poblados y sus ingresos sean estacionales podrán realizar la cotización de hasta por 12 (doce) meses hacia futuro en un mismo año calendario en un solo pago, aportando sobre el ingreso base del año en que se realiza el aporte. En todo caso el Gobierno Nacional reglamentará las condiciones operativas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo puede ser utilizado por la UGPP para agilizar procesos, pero también implica que los afiliados deben estar al día con sus obligaciones para evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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