L2381

Artículo 68. Garantía Estatal de Prestaciones

La Nación garantiza el pago de prestaciones del Componente Complementario de Ahorro Individual en caso de problemas financieros de las administradoras. Las administradoras serán responsables penal y civilmente por defraudaciones o malos manejos.

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Texto Legal

GARANTÍA ESTATAL DE LAS PRESTACIONES DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL.

La Nación garantizará el pago de las prestaciones del Componente Complementario de Ahorro Individual en caso de menoscabo patrimonial o suspensiones de pago de las administradoras del sistema responsables de su cancelación de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.


PARÁGRAFO.
En todos los eventos en los que exista defraudación o malos manejos por parte de las administradoras del sistema, para eludir sus obligaciones con los(as) afiliados(as) y pensionados(as), deberán responder penal, civil y administrativamente por sus actos. Para efectos de la responsabilidad penal, los aportes de los(as) afiliados(as) y pensionados(as) se considerarán recursos del tesoro público. Sin perjuicio de los demás mecanismos de control, jurisdiccionales y judiciales para la determinación de responsabilidades y la defensa del patrimonio consagrados sobre el particular en la Constitución y la Ley. En caso de defraudación existirá responsabilidad solidaria frente a los propietarios y/o accionistas de la entidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo implica que si la administradora no cumple, el Estado tiene la obligación de garantizar el pago, lo que puede generar confianza en los afiliados. Sin embargo, si hay defraudación, los responsables enfrentarán sanciones severas, lo que puede afectar la reputación de la entidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del L2381?

La Nación garantiza el pago de prestaciones del Componente Complementario de Ahorro Individual en caso de problemas financieros de las administradoras. Las administradoras serán responsables penal y civilmente por defraudaciones o malos manejos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la Protección Trabajadores Informales?

Este articulo implica que si la administradora no cumple, el Estado tiene la obligación de garantizar el pago, lo que puede generar confianza en los afiliados. Sin embargo, si hay defraudación, los responsables enfrentarán sanciones severas, lo que puede afectar la reputación de la entidad.

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