Los afiliados podrán elegir al revisor fiscal y tendrán representación en la junta directiva de las entidades administradoras. Este artículo promueve la participación activa de los afiliados en la gestión.
PARTICIPACIÓN DE LOS(LAS) AFILIADOS(AS) EN EL CONTROL DE LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS.
Los(as) afiliados(as) y accionistas de las entidades administradoras elegirán el(la) Revisor(a) Fiscal para el control de la administración del respectivo fondo. Los(as) afiliados(as) tendrán como representantes en la junta directiva a los miembros independientes, un(a) representante del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo y un(a) representante del Componente de Prima Media. Al menos uno de estos representantes de los/las afiliados/as será una mujer. Estos miembros junto con el(la) revisor(a) fiscal velarán por los intereses de los(as) afiliados(as) y su elección y ejercicio se reglamentará por parte del Gobierno Nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La participación en el control de la entidad administradora permite a los afiliados influir en decisiones que afectan sus ahorros, lo que puede mejorar la transparencia y la gestión.
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