L2381

Artículo 29. Porcentaje de Cotización

Se determina que el monto de cotización para empleadores y trabajadores se basará en los porcentajes establecidos en las normas generales. Esto asegura un marco claro para las contribuciones al sistema.

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Texto Legal

PORCENTAJE DE COTIZACIÓN.

El monto de cotización que le corresponderá al (la) empleador(a) y al(la) trabajador(a) dependiente e independiente, se determinará aplicando los porcentajes establecidos en las normas generales que regulan los Sistemas de Riesgos Laborales, Subsidio Familiar y el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez. El valor semanal del pago proporcional se reglamentará por parte del Gobierno Nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo proporciona claridad sobre las obligaciones de cotización, lo que permite a las empresas planificar sus gastos laborales. No cumplir con estos porcentajes puede resultar en sanciones financieras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del L2381?

Se determina que el monto de cotización para empleadores y trabajadores se basará en los porcentajes establecidos en las normas generales. Esto asegura un marco claro para las contribuciones al sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la Protección Trabajadores Informales?

Este articulo proporciona claridad sobre las obligaciones de cotización, lo que permite a las empresas planificar sus gastos laborales. No cumplir con estos porcentajes puede resultar en sanciones financieras.

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