Detalla la información que los sujetos obligados deben publicar proactivamente. Asegura la transparencia en la gestión pública.
INFORMACIÓN MÍNIMA OBLIGATORIA RESPECTO A LA ESTRUCTURA DEL SUJETO OBLIGADO.
Todo sujeto obligado deberá publicar la siguiente información mínima obligatoria de manera proactiva en los sistemas de información del Estado o herramientas que lo sustituyan:
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo establece requisitos claros para la publicación de información, y su incumplimiento puede resultar en sanciones y falta de transparencia.
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Art. 8. Accesibilidad para poblaciones específicas
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Art. 74. Directorio de Servidores Publicos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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